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domingo, octubre 1, 2023
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La priista García Olmedo buscará por segunda vez reducir pena de aborto en Puebla

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Por: Staff El Incorrecto / @elincorrectomx

En el Congreso del Estado se prepara una nueva discusión, pues la diputada local del PRI, Rocío García Olmedo intentará, por segunda vez en el año, que se reduzca la pena por abortar en Puebla y se dé la opción a las inculpadas de hacer trabajo comunitario, en lugar de ser encarceladas hasta por un año.

La priista presentará este lunes ante el Pleno del Congreso de Puebla una iniciativa de decreto para reformar los artículos 339, 340, 341, 342 y 343 del Código Penal del Estado de Puebla. Según consta en el Orden del Día.

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La propuesta se presentará luego de que los diputados locales de Puebla se negaran a eliminar este castigo por abortar, a inicios de octubre, dentro de un paquete de reformas que envió el gobernador Miguel Barbosa Huerta para atender la alerta de violencia de género.

Semanas después de la negativa de los legisladores locales, Rocío García Olmedo anunció que buscaría  ante la Secretaría General del Poder Legislativo la iniciativa en los mismos términos que la presentada en mayo de este año.

Asimismo, se espera que también presente una iniciativa para que se reconozca el matrimonio entre personas del mismo sexo en el Código Civil del Estado de Puebla.

La iniciativa

En la propuesta presentada en mayo de este año, la legisladora local por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) propuso reformar los artículos 339, 3410, 341, 342 y 343 del Código Penal del Estado. La reforma al 339 proponer eliminar la definición del aborto como #la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez”,

La priista plantea redefinir el aborto como “la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación”.

Las modificaciones al artículo 342 proponen incorporar una pena de cien a trescientos días de trabajo a favor de la comunidad para la mujer que voluntariamente practique su aborto o consienta en que otro la haga abortar después de las primeras doce semanas del embarazo. Para quien practique el aborto de una mujer, con su consentimiento, se le impondrán de tres a seis meses de prisión.

La reforma al artículo 340 propone que el aborto forzado será entendido como la interrupción del embarazo, en cualquier momento, sin el consentimiento de la mujer embarazada, en cuyo caso podrá ser sancionado en grado de tentativa, en los términos dispuestos en el Artículo 94 del presente Código.

Para quien haga abortar a una mujer sin su consentimiento, se le impondrán de tres a seis años de prisión, y si emplea violencia física o moral, se le impondrán al responsable de seis a ocho años de prisión.

La modificación al artículo 341 propone castigar con la suspensión del ejercicio de su oficio o profesión por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta al médico cirujano, comadrón o partera, enfermero o practicante que provoque el aborto.

Asimismo, la modificación del artículo 343 propone incorporar como excluyente de responsabilidad penal por abortar cuando a juicio de dos médicos especialistas exista razón suficiente para diagnosticar que el producto presenta alteraciones genéticas o congénitas que puedan dar como resultado daños físicos o mentales en el mismo, con el consentimiento de la mujer embarazada.

A mediados de octubre, Rocío García Olmedo comentó que presentó de nueva cuenta la iniciativa de reforma al Código Penal de la entidad  en materia aborto, bajo el argumento de que tras no ser dictaminada en un plazo de seis meses podría iniciarse el proceso de “congelamiento”.

La presidenta de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, María del Carmen Cabrera Camacho, rechazó que la iniciativa haya sido enviada a la congeladora legislativa y propuso realizar foros al interior del estado para enriquecer el estudio de la no criminalización del aborto.

Con información de Periódico Central / Osvaldo Valencia 

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